martes, 9 de noviembre de 2010

"MANDO UNICO POLICIACO"


¿Mando Unico Policiaco? no cabe duda que nuestras autoridades van una tras otra. Ahora resulta que se pretende volver al viejo modelo policial en donde toda la fuerza del Estado en materia de Seguridad Publica recae en una sola entidad.
El modelo de MANDO UNICO POLICIACO, vulnera entre otros ordenamientos constitucionales la potestad del Municipio para proveer de seguridad a la poblacion contenida en su jurisdiccion territoria, vulnera los principios democraticos de division de poderes y desconcentracion gubernamental con que el antiguo gobierno paternalista corrompio tanto el espiritu de la Ley.
No debemos de olvidar que Nuevo León ya paso por ese camino, que es una ruta ya conocida por nuestros padres y abuelos, que cuando eramos más jovenes ya existia un mando unico que estaba a cargo del Estado. Resulta totalmente contradictorio regresar a un modelo abandonado por el gobierno precisamente por argumentos usados en aquellos ayeres como lo fue la corrupción. Argumento toral en la decisión tomada de municipalizar la seguridad publica. No olvidemos que fue precisamente por motivos como la corrupción que se dejó de llevar una seguridad publica centralizada y se otorgo a los municipios tal obligación.
Ahora bajo el argumento de que la corrupción esta acabando con las corporaciones policiales municipales se propone instaurar un modelo de MANDO UNICO, modelo que fue descartado precisamente por los motivos por los que se pretende adoptar de nueva cuenta.
Lo importante aqui es cuestionar ¿que le pasa a los politicos? personajes como los propulsores del ya señalado modelo, vivieron en otros tiempos la corrupcion que provino de un mando unico, la impunidad con se actuaba al tener en una sola corporación todo el poder del estado para la protección de la seguridad en la entidad.
Jamás ha sido viable que tanto poder recaiga sobre un solo sector o sobre una sola persona, recapacitemos antes de apoyar una reforma que en sí misma es un retroceso en la evolución de modelos polciacos efectivos.
Si se quieren policias que cumplan con su deber, incentivenlos, provoquen en ellos un sentido de pertenencia y de respeto hacia una labor por demas loable, retribuyanle a la policia un salario digno con el cual satisfagan sus necesidades basicas de una manera digna, capacitemoslos en la aplicacion de la ley desde un modelo humanista donde la ciencia sea la que hable y no el poder de la fuerza, que sea la razon la que se imponga sobre el uso excesivo del poder.
por ultimo, nuestras fuerzas policiales no son más que el reflejo del pueblo que somos, si queremos que eso cambie, comencemos por cambiar nosotros.
Conoce tus derechos, participa, el gobierno se debe al pueblo y no al reves.
Saludos.

miércoles, 20 de octubre de 2010

"TOQUE DE QUEDA EN NUEVO LEÓN"


Toque de queda en Nuevo León? que le pasa al Sr. Ervey Cuellar? acaso no sabe que existen las Garantías Individuales? No sabe que existen los Derechos Humanos? para colmo, intenta justificar su soez pretención. Violentar los Derechos Humanos es la solucion para Usted ante la ineficacia de las autoridades en sus labores de proteccion, seguridad e investigación de delitos? es acaso la ocasión para vulnerar más a la ciudadanía por aquellos empoderados tanto en la I. P. como en las Ongs. de ultraderecha? Usted manifiesta que tan burda y violenta propuesta tiene su razón en él y cito "MODUS OPERANDI" de la delincuencia, acaso sabe Usted siquiera que significa eso? aparentemente NO, toda vez que el modo de operar de las bandas de delincuencia organizada, desorganizada y como la Autoridad le quiera llamar, no obedecen a horarios fijos y previamente establecidos, de ser así no cree que las autoridades ya sabrian a que hora sucederian los bloqueos y los ciudadanos evitariamos caer presas de ello? no cree que de saber los horarios proclives a las balaceras los civiles involucrados no estarian en esos lugares? o minímo las autoridades estarían presentes listas y preparadas para actuar en dichos horarios? Usted propone un toque de queda, un toque de queda en una ciudad donde se trabaja en turnos nocturnos, donde existe vida de noche, donde los jovenes se divierten, donde las familias viven.

Resulta evidente la falta de capacidad de los integrantes de ciertas organizaciones que por acaparar reflectores opinan en desconocimiento de la materia. NO es posible que se externen opiniones a nivel público en las cuales se vierten violaciones a nuestros derechos fundamentales con la excusa de buscar solucionar un problema que radica en la falta de preparacion, adiestramiento, capacitacion, e incentivacion de las fuerzas del orden, el presunto contubernio con ordenes criminales, y la indiferencia o miedo de la poblacion para actuar, pero principalmente en la falta de educacion en los integrantes de una sociedad.

No violentemos el estado de derecho pretendiendo buscar justicia ya que en sí la sola lectura del teorema que Usted propone es contradictorio entre su finalidad y su metodo. Saludos.

miércoles, 1 de septiembre de 2010

¿Protección Civil?


¿Que ocurre luego del Huracán Alex? Luego de la llegada del huracán Alex, han salido a la luz publica actos de autoridad que resultan violaciones a los lineamientos establecidos a las Leyes de Desarrollo Urbano y Protección Civil. Ejemplo de lo anterior son las recientes manifestaciones de nuestro congreso local que pugna por la elaboración de un Atlas de Riesgo a nivel Estatal; hecho el anterior que se traduce en la falta de este y por consiguiente en una falta a las obligaciones del responsable en la entidad de Protección Civil, así como en los respectivos Municipios sus homólogos. De lo externado podemos aducir que se ha estado trabajando en materia de Desarrollo Urbano sin el acatamiento a un Atlas de Riesgo, elemento básico para el establecimiento de las áreas que se consideran riesgosas para el asentamiento humano. Aunado a lo anterior es de observarse que en diversos Municipios del área metropolitana han surgido controversias sobre la falta de vistos buenos por parte de las Direcciones de Protección Civil y los asentamientos y desarrollos humanos que se han edificado en laderas de cerros, ríos, arrollos, hondonadas, etc. En este tenor es que resulta evidente que en Nuevo León NO existe una cultura de la prevención, una cultura que tienda a evitar el sufrimiento y la perdida del patrimonio de la población, con ello se observa la oscuridad en que se desenvuelve la rama de la construcción en la entidad.
En el
análisis legal de lo antes plasmado, resulta claro que se han violentado las leyes en materia de Protección Civil, las cuales enmarcan en sus artículos 2.- que es prevención y que se debe entender con ello en tratándose de esa materia; que es protección civil y cuales son sus acciones; así mismo en su articulo 3 se establece que es de orden público la aplicación, evaluación y difusión del Programa Estatal de Protección Civil; en el 4, quienes son las Autoridades en esa materia; en el 5 se ordena que se incluyan acciones sobre la materia en los planes de Desarrollo Estatal y Municipal según corresponda; en el 11 explica cómo se integra el Sistema Estatal de Protección Civil y el Consejo Estatal; en el 13 se estipula como obligación de dicho Consejo el tener como fin el proteger la vida, la salud y el patrimonio de las personas, la planta productiva, la prestación de los servicios públicos y el medio ambiente, ante los riesgos, altos riesgos, emergencias o desastres producidos por causas de origen natural o humano; en el 26 se ordena que la Dirección de Protección Civil establezca el subsistema de información de cobertura estatal, el cual deberá contar con MAPAS DE RIESGOS, archivos históricos sobre emergencias y desastres ocurridos en el Estado; así mismo en ese tenor según el diverso articulo 33 los Municipios por conducto de sus sistemas Municipales de Protección Civil elaboraran planes de prevención de riesgos, altos riesgos, emergencias o desastres; en el 36 se ordena la elaboración de los MAPAS DE RIESGO a los Municipios, más adelante en el capitulo IX relativo a la Operación de la Protección Civil, del Programa Estatal de Protección Civil, dice que ese programa es el instrumento mediante el cual se estipulan las acciones a realizar, la prevención obligatoria, los puntos que deberá contener el Programa que son cuando menos ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LOS RIESGOS, ALTOS RIESGOS, EMERGENCIAS O DESASTRES ocurridos en el Estado; la identificacion de los Riesgos a que esta Expuesto el Estado, la integración del MAPA DE RIESGO y los criterios para ello.
De tal suerte lo anterior que como observamos si se aplicaran a
cabalidad dichos ordenamientos, contaríamos con un real y eficaz MAPA DE RIESGOS que evitaría los desastres ocurridos en la entidad ante fenómenos hidrometeorologicos como el ocurrido; se evitaría que familias enteras perdieran el patrimonio que con tanto sacrificio han conseguido; si para dar los permisos de construcción se observara lo dispuesto en la Ley de Protección Civil.
De esto además no solo se observa la violación directa a tales ordenamientos legales y el daño sufrido por su inaplicación, sino la responsabilidad que resulta para aquellos que han otorgado permisos fuera de los lineamientos legales establecidos, fuera de las consideraciones que enmarca la Ley de Protección Civil, y aquella resultante a quienes estando para protegernos prefieren salir en la televisión colgados de un helicóptero en vez de ejercer plenamente su función de prevención.

martes, 13 de julio de 2010

"VICIOS DEL SISTEMA" entrevista al Lic. LEONEL JASSO - revista PROCESO 4 DE JULIO 2010.


Entrevista realizada al Licenciado LEONEL JASSO por ARTURO RODRIGUEZ GARCIA de la REVISTA PROCESO, Semanario de Información y Análisis, No. 1757 de fecha 04 de Julio de 2010.

jueves, 24 de junio de 2010

Diversidad, Discriminacion y Derechos Humanos "La Realidad en Nuevo León"


Diversidad: en cuanto a la diversidad se pueden decir muchas cosas, como por ejemplo, si los grupos que son catalogados como diversos son minoría, si son amorales, si son buenos o son malos, si cumplen o no con los mandatos de ciertas doctrinas religiosas o culturales, si van en contra de lo enseñado en nuestros hogares o de si tienen o no los mismos derechos que el denominado grupo mayoritario.
Realmente no importa si una persona cree o no que dichos grupos diversos cumplen con criterios morales o si cumplen con los paradigmas establecidos en la sociedad como tradicionalmente se conocen a nivel público, no importa si a esa “MAYORIA” les agrada o no la existencia de dichos grupos diversos.
Desde siempre nuestras leyes han protegido a todos por igual, nuestras leyes no hacen distingos, las Garantías Individuales no refieren a quien se aplican o a quien no, sino muy por el contrario, estatuyen desde su inicio la igualdad entre todos los mexicanos, no importa si eres hombre o mujer, si eres niño, adulto o anciano, indígena o citadino, si eres empleado o patrón, servidor público o civil, estudiado o iletrado, las leyes nos protegen a todos los mexicanos por igual. Y es precisamente en este punto donde sobreviene una discrepancia en aquellos que en el ejercicio de los derechos que confiere nuestra Constitución pretenden coartar, limitar y erradicar los derechos de aquellos que definen como distintos, diferentes o diversos, resulta paradójico el observar como en el ejercicio de los derechos que nos dan igualdad a todos, los muchos tratan de pisotear a los pocos. La Constitución desde su arábigo numero 1, estipula la igualdad entre hombres y mujeres, los derechos de los niños, de la familia y los cataloga a todos por igual, ordena expresamente una igualdad intrínseca al derecho de existir, al derecho de ser, estableciendo un lienzo sobre el cual se estamparan las leyes que materialicen tal ordenamiento.
Del tema de la diversidad y su estudio, necesariamente nos encontramos con los actos constitutivos de desigualdad, con los actos de privación de derechos, con los actos que vulneran nuestras leyes originarias, con discriminación, es aquí donde en el supuesto ejercicio del estado de derecho se han ido coartando las Garantías que otorga nuestra Constitución, haciendo diferencias entre los derechos de unos y otros, enunciando quien puede unirse en matrimonio, quien puede tener acceso a los servicios de salud, quien puede accesar a los derechos de la familia y quien por el contrario debe ser excluido de estos.

No olvidemos que al ser el hombre y la mujer como lo expresa nuestra Carta Magna IGUALES ante la ley, gozan de los mismos derechos, es decir, ambos pueden ejercer su derecho a contraer nupcias con quien quieran, ya que el instrumento legal en cita no refiere la heterosexualidad como requisito para la composición de una familia; así mismo no se estipulan diferencias entre la remuneración salarial de hombre con respecto a una mujer; no se establecen diferencias entre quienes tienen derecho a los sistemas de salud, entre la aplicación de los principios de legalidad y seguridad jurídica a quienes vistan de una forma o escuchen determinado estilo musical.

Dicha problemática ha conllevado por consecuencia a la privación del acceso a los sistemas de salud por parte de la pareja en uniones entre personas del mismo sexo, ha propiciado la carencia por el irreconocimiento de derechos a parejas del mismo sexo, ha desarrollado la aparición de uniones sin legitimación alguna, las cuales coexisten al margen de dichos Códigos secundarios.

Razón por la cual resulta contradictorio el ejercer derechos coartando los de otro por el único motivo de ser diferente, de ser diverso, de ser minoritario; recordemos que las leyes nos protegen a todos por igual y nos colocan a todos en el mismo nivel, somos los unos iguales a los otros.

De tal suerte que si una pareja de heterosexuales tiene derecho a contraer nupcias, también lo tiene una pareja del mismo sexo. Lo anterior en acatamiento a lo ordenado por la Constitución Política Federal de los Estados Unidos Mexicanos, la cual como se ha externado estipula desde su inicio la igualdad entre hombres y mujeres.

Por lo que es en esta tesitura que los grupos diversos deben dejar de serlo, realmente no existe diversidad al ser la sociedad per se un ente conformado de personas distintas, no dejemos que el ejercicio de la ley se convierta en algo que solo se aplique a unos cuantos, no dejemos que los derechos consignados en nuestras leyes sean usados para eliminar los de otros, recordemos que ante la Ley todos somos iguales y que esto quiere decir que todos gozamos de los mismos derechos, por consiguiente de las mismas facultades y obligaciones.

Cuántas veces hemos visto a las personas que están para hacer respetar las leyes quebrantarlas en contra de personas cuyo única conducta fue vestirse diferente, cuyo único acto fue escuchar música diferente, cuyo único reproche fue no estar dentro de la cuadratura mental del cuidador de la ley.

Es en estos casos donde hemos visto golpizas brutales a jóvenes que solamente vestían distinto; y a sus golpeadores justificarse bajo el ilegal argumento de vestirse como pandillero, es aquí donde me pregunto ¿cómo es que se viste un pandillero? ¿Simplemente por el hecho de vestir de una determinada forma una persona es pandillero? ¿Es delito el vestir de cierta forma? ¿Existe un ordenamiento legal que establezca como debe vestir una persona? ¿Existe uno que diga que música escuchar?

Pidamos a nuestros legisladores la aplicación de los principios contenidos en la Constitución; ejerzamos ante la violación de esta acciones punitivas en contra del Abuso de Autoridad por no respetar y hacer valer los derechos otorgados como mexicanos, hagámosles saber que las leyes nos protegen a todos y que aquel que las vulnere será reprendido.