jueves, 24 de mayo de 2012
ILEGALIDADES EN LA LEGALIDAD
domingo, 25 de marzo de 2012
Procesos Penales y Tortura en México
DECLARACIÓN ANTE EL MINISTERIO PUBLICO, APRECIACIÓN DE LA.
"Es absurdo decidir que hubo coacción o violencia cuando el acusado declaró ante el Ministerio Público y cuando produjo su preparatoria, si no existen pruebas, ni presunciones que la hagan inverosímil, y sí, por el contrario, datos que la corroboren, como la denuncia de la ofendida y las declaraciones de algunas personas."
CONFESIÓN. PRIMERAS DECLARACIONES DEL REO.
"La confesión tiene pleno valor probatorio de acuerdo al principio de inmediación procesal, porque fue producida por el acusado sin aleccionamiento o reflexiones defensivas y por ello debe prevalecer sobre las posteriores; tanto más si fueron emitidas al día siguiente de ocurridos los hechos delictuosos."
De lo que podemos concluir que aunque hemos venido avanzando en materia de modernización en el sistema de justicia penal, siguen existiendo criterios que propician el uso de la tortura como medio para la obtención de una confesión.
Recomendamos como herramientas de eliminación de la practica de la tortura, su eficaz denuncia y documentación; la preparación de personal calificado para la recavación de pruebas y la implementación de criterios legales que erradiquen de plano el valor de la confesión en México.
Continuemos nuestra profesionalización a fin de establecer un ambiente de respeto a nuestros Derechos Humanos y Garantías Individuales.
La obtención de un fallo condenatorio basado en evidencia científica, siempre será indicio de un estado de seguridad democrática.
La obtención de condenas basadas en tortura y elementos probatorios falsos, siempre será indicio de una sociedad retrograda y autoritaria.
Es tiempo de respetar nuestros Derechos y los de los demás, es tiempo de cientifizar a nuestros cuerpos de seguridad, es tiempo de implementar los Derechos Consagrados en nuestra Constitución recién traídos de los tratados garantes de nuestros Derechos Humanos.
martes, 21 de febrero de 2012
Articulo.- “Mátenlos en caliente” por Cesar Valdéz.

“...dime, dime, ¿para quién hicieron la cárcel? /
porque el rico nunca entra y el pobre nunca sale...”
La Polla Records
44 muertos se suman a la larga lista de suicidios supuestos más nunca investigados, muertes “naturales” ydescaradas ejecuciones ocurridas en penales de Nuevo León en los últimos años, mostrando lo que siempre sesupo: que las autoridades no han podido ni querido controlar el sistema penitenciario, a ciencia y paciencia de unaprensa inquisitorial que alimenta a una opinión pública santurrona cómodamente instalada en la ignorancia y el fácilrecurso del afán de linchamiento.
Hoy lunes 20 de febrero de 2012 algunos columnistas han ubicado estos terribles hechos en el contexto nacional,señalando que estos asesinatos en el penal de Apodaca son parte de una cadena de sucesos de sangre encentros penitenciarios como los de Juárez o Tijuana, en donde también se han registrado homicidios, en violentascircunstancias a los que los funcionarios estatales y federales dan carpetazo con la etiqueta de “motín”.
Sin embargo, el caso del sistema penitenciario de Nuevo León tiene particularidades que le dan a los 44asesinatos del penal de Apodaca un cariz más terrible que el que de por sí tiene una matanza de esasdimensiones; cariz que tiene que ver con lo anómalo del funcionamiento habitual de las instituciones deadministración de ese sistema penitenciario y de la percepción que los nuevoleoneses tienen de él.
Tenemos a una autoridad estatal que por decenios ha dejado a las cárceles en un limbo jurídico y administrativo,en manos de funcionarios que más que rendir cuentas a la sociedad, han convertido al sistema penitenciario en unnegocio particular, una industria que opera completamente al margen de la ley y cuya materia prima son personaspobres que no tienen con qué defenderse en un sistema penal completamente venal, estructuralmente corrompido,que permite que los criminales con recursos tengan muchas maneras de evadirlo, en tanto que provoca la condenade muchos inocentes.
Esta es la realidad que se tenía antes, mucho antes de que los cárteles “sentaran sus reales” en Nuevo León(cómo preconizó recursivamente el clásico Coco Coindreau), y es el estado de cosas que permitió que esoscárteles pudieran fácilmente tomar el control de la estructura de mando penitenciaria, como relevo natural de esosfuncionarios cuya única motivación era la ganancia monetaria y el abuso del poder.
Todas las voces que advirtieron el tic-tac de esta bomba de tiempo fueron ignoradas y vilipendiadas, como en elcaso de la Hermana Consuelo Morales, quien desde su organización, Ciudadanos en Apoyo a los DerechosHumanos, A.C. (CADHAC), insistió desde los años 90 en que si no se echaba mano a esas islas jurídicas que sonlos penales, las consecuencias serían desastrosas. Ni siquiera el que CADHAC haya llevado la denuncia de estasituación al plano internacional fue suficiente para que las autoridades estatales emanadas del PRI y del PANmovieran un dedo.
¿Para qué iba un gobierno estatal desgastar sus preciosas energías en someter al imperio de la ley a lascárceles?, ¿qué beneficios tendría un gobernador, un procurador, si atendiera las constantes denuncias deviolaciones sistemáticas a los derechos humanos en los penales?. Nuestros funcionarios democráticamenteelectos no vieron, y no lo ven aun tras los maderos de esos 44 ataúdes, qué tajada política se puede cortar de esepastel explosivo, ya que tienen a la opinión pública de su lado, pues es de todos sabido que quien está en la cárceles porque se lo merece, y se tiene una seguridad plena de que “nosotros” jamás tendremos que ver con esesubmundo de citatorios, barandillas, abogados, jueces, actos de formal prisión, consignaciones.
La dichosa opinión pública acude al espectáculo del asesinato e incineración de presos con ese ánimo terapéuticoque a decir de Camilo José Cela, llevaban los campesinos españoles de la preguerra que acudían a ver a loscondenados a morir en el garrote, ya que, “el pueblo sencillo lo único que pide es un poco de sangre”. Los 44, cadauno de ellos, se merecía la muerte que tuvo, es de “los otros”, muy otros, los que no son ni serán jamás“nosotros”, y el campesino vuelve a su labor con el alma purificada y la renovada certeza de su inocencia perpetua.
Es así como en Nuevo León esa combinación de una casta de burócratas en el poder del sistema penitenciario -ahora compartido o cedido a los cárteles-, con una ciudadanía educada en la lógica de la ley fuga, de lasrespuestas prontas y expeditas que aplauden la eliminación de quienes no son como uno; es que tenemos comoconsecuencia una matanza de proporciones tales que deberían movernos a la reflexión por lo menos, o a tenercomo desenlace la reestructura de ese aparato penitenciario.
Ni una cosa ni otra pasarán.
“Mátenlos en caliente”, ordenó Porfirio Díaz y tras cumplido el mandato con la premura que la orden implicó, lafrase quedó en la memoria de muchos mexicanos como una anécdota festiva de lo que debe hacer un buengobernante, sin que nadie se tomara la molestia de recordar o de saber siquiera quiénes fueron los sujetos pasivosde aquél arranque justiciero del tirano. Igualmente, los 44 asesinados del penal de Apodaca pasarán rápidamenteal olvido y de su muerte sólo tendremos un recuento cuando algo equivalente vuelva a suceder, pues no se moveráun dedo gubernamental para que las causas de tal desastre sean atendidas.
lunes, 20 de febrero de 2012
Muerte en el Penal de Apodaca
Nuevamente la muerte ha llenado uno de los centros de reclusión de nuestra entidad; esta vez fue el turno del Penal de Apodaca. Una vez más el Penal de Apodaca fue escenario de una revuelta entre internos que dejo como saldo al menos 30 personas sin vida.
miércoles, 7 de diciembre de 2011

miércoles, 12 de octubre de 2011
Entrevista a Lic. LEONEL JASSO por AZUCENA URESTI -aw radio
Entrevista realizada por Azucena Uresti al Lic. Leonel Jasso en donde se analiza la inconstitucionalidad de los retenes tipo antialcohol en la Ciudad de Monterrey y sus consecuencias.
AW-Radio.
martes, 4 de octubre de 2011
En sus declaraciones los familiares manifiestan su desesperación por la falta de apoyo de los diversos niveles de Gobierno.
Dentro de la entrevista, LEONEL JASSO, asesor del grupo investigador periodístico elabora un análisis de la situación que atraviesa la familia de las personas fallecidas y las diversas leyes que sirven de sustento para brindar el apoyo a estas en el ejercicio de sus derechos como víctimas u ofendidos de delitos en el Estado de Nuevo León.
Ante cualquier delito, el Estado por medio de la Procuraduría de Justicia tiene la oblación acorde a la Ley de Protección de Víctimas y Ofendidos de Delitos de Nuevo León, de brindar el apoyo y asistencia, la omisión de ello puede constituir desde una falta administrativa hasta un delito.
Denuncialo.
martes, 13 de septiembre de 2011
Entrevista realizada al Lic. LEONEL JASSO - Periodico El Regio-07-Sep-2011


(arriba la version original de la entrevista completa publicada en la página 12, Regio 7 de Sep. de 2011, da click en la imagen para agrandar)
(abajo el extracto de la entrevista publicada en la sección el Picabuches, página 5, el Regio, 7 de Sep. de 2011, da click en al imagen para agrandar)
En esta entrevista se analizan desde el punto de vista jurídico las acciones y omisiones efectuadas por las Autoridades responsables de la Seguridad Pública en materia de Protección Civil en Nuevo León, así como la situación que se vive en la entidad y la necesidad de profesionalizar los cuerpos de rescate en el ámbito de prevención y capacitación. Si continuamos desatendiendo estas áreas de la Seguridad, seguiremos sufriendo como sociedad civil los embates de cualquier tipo de contingencia, ya sea humana y/o natural.
Propugnemos que la Ley en materia de Responsabilidades se aplique y que con ello se traduzcan los gritos del pueblo en la correcta prevención y atención de contingencias.
No es posible que una vez más, las deficientes acciones de los cuerpos de seguridad se vean reflejadas en la perdida de vidas humanas.
No es posible que sigamos siendo una entidad con cuerpos de seguridad reactivos. Nuevo León se merece una Protección Civil adecuada, preventiva, capacitada.
La perdida de vidas de las victímas en el Casino Royale, es una repetición de los eventos ocurridos en la Expo Guadalupe, en donde los muertos y lesionados se debieron a la falta de aplicación de medidas preventivas.
Las autoridades en la entidad, no reportan bajas civiles en el Casino Royale por disparo de arma de fuego, esquirlas o explosivos. Las victímas lo fueron por intoxicación, golpes entre el tumulto en huída y quemados.
Esto se habría evitado si el personal del Casino hubiera estado capacitado para el manejo de la emergencia, si contaran con Unidades Internas de Respuesta Inmediata, si las salidas no hubieran estado bloqueadas, si hubiera existido quien aplicara el Plan de Contingencias.
Las Autoridades Estatales acorde a la Ley de Protección Civil de Nuevo León, son las encargadas de Inspeccionar ese tipo de establecimientos.
Ahora, con diversos peritajes se quiere distorsionar la realidad.
La verdad es que como en la Expo Guadalupe NO existío Prevención.
Ante la creciente ola de violencia de nuestro Estado, debemos estar preparados para enfrentar cualquier tipo de contingencia, para responder adecuadamente en los establecimientos y para que estos cuenten con las medidas de emergencia que establecen nuestras normas.
No olvidemos este nuevo ejemplo de lo que significa dejar de lado las Leyes, porque de ser así en la próxima emergencia nos podría tocar a nosotros.
Mis condolencias a todas las familias de los hermanos que ya no están con nosotros.
No sesguen en pedir a las Autoridades la aplicación correcta de la Ley.
jueves, 25 de agosto de 2011
Sobre Poblacion Penitenciaria-"Abuso de la Prisión Preventiva y del Aumento de Penas en Nuevo León"
De lo que se puede concluir que en todo momento lo idóneo es la cultura de la prevención delincuencial que acontece del implemento de una educación de calidad, de una sana economía y de un desarrollo familiar íntegro.
Como resultado se obtiene que el incremento de penas y el abuso que en nuestro País se hace de la prisión preventiva consecuentemente traen como resultando un asinamiento penitenciario que deviene en acrecentar la cultura del delincuente en prisión, dejando de lado el aspecto humano de la readaptación de aquel sujeto que se encuentra privado de su libertad compurgando una pena.
Propugnemos a nuestros legisladores que se avoquen a la promoción de una cultura preventiva a fin de sanear nuestra sociedad.
lunes, 1 de agosto de 2011
Reducción de la edad penal: Violaciones a las Leyes y a la Razón.

Existiría en primer término un conflicto con las definiciones que la propia constitución hace de la clasificación de niños, comenzando por el artículo 4º que en su párrafo 6º establece el derecho a la satisfacción de las necesidades de los niños y niñas, en cuanto hace a la salud, educación, alimentación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.
Se violenta además lo estipulado por el párrafo 4º del artículo 18 de nuestra Carta Magna, que ordena el establecimiento de un sistema integral de justicia a quienes se atribuya la realización de una conducta tipificada como delito por las leyes penales y tengan entre 12 años cumplidos y menos de 18 de edad, en donde se garanticen los derechos fundamentales que reconoce la constitución; así como aquellos derechos específicos que por su condición de personas en desarrollo les han sido reconocidos. Especificando que aquellos menores de 12 años que cometan alguna conducta delictiva solo serán sujetos de rehabilitación y asistencia social.
Esto sin contar que acorde a las modificaciones a la constitución que se han hecho en meses pasados, los tratados y acuerdos internacionales, así como el propio artículo 133 del Pacto Federal, ordena categóricamente el acatamiento de tales disposiciones internaciones, elevándolas al rango de derechos constitucionales, de donde se deviene una clara violación a la Convención de los Derechos del Niño de la cual nuestro País es Estado signante y ratificado.
Aunado a lo anterior, nos encontramos con que en nuestra entidad los legisladores a la vez que impulsan leyes que propician el castigo mayor a los menores que delinquen, por otra parte culpabilizan a quienes corrompen a la niñez con penas menores a las que se aplican a aquellos que roban vehículos, enviando así un doble mensaje a la población que estriba entre la preocupación por la participación de los menores de edad en actos delictivos y la casi nula persecución y penalización en quienes los inician, conducta que se tipifica en el mencionado flagelo de corrupción de menores.
Así las cosas que desde el punto de vista que establece la propia constitución, el desarrollo psíquico de un sujeto en edad menor a los 18 años resulta carente de la maduración requerida para ser imputado y castigado como si el sujeto fuera cognoscitivamente una persona que comprenda la imprudencia de sus actos y sus consecuencias, repercusiones y sobre todo el daño que ocasiona a otros con el despliegue y materialización de dicho acto, por lo que en cuanto hace a lo preceptuado por el diverso 18 Constitucional se está en lo acertado en apartarlo de aquellos en edad de mayoría y dejarlo en una categorización que le otorga un trato especial por sobre aquellas personas con maduración ad hoc para ser sujetos de derecho perseguibles por el Estado.
Consecuentemente se puede decir que la maduración del sujeto se da en base a lo experienciado por este y en relación a la edad cronológica, correlacionado con la edad mental que el propio desarrollo psíquico del sujeto en su fisiología obtiene, hasta llegar a ser una persona que comprende su actuar de manera consiente, entendiendo con ello la diferencia entre las verdaderas consecuencias de lo socialmente aceptable y lo castigable o restringido, diferenciación que se obtiene a la combinación eficaz de un sano desarrollo familiar, una economía que permita al menor accesar a los satisfactores que menciona el diverso 4º de nuestra Constitución y una buena educación académica; lo que por lógica consecuencia, resultaría en la obtención de un sujeto sano en su desarrollo físico, espiritual y mental.
Por lo que se puede concluir entonces que lo que necesitamos sigue siendo un buen nivel educativo en los planteles, una buena educación familiar y una sana economía, que permita al sujeto desarrollarse efectivamente.
A lo anterior cabe hacer el comparativo entre la diferenciación que hace el Código Penal de aquellas personas que se consideran inimputables de aquellas que no lo son, y las razones por las que la propia ley penal hace tal distinción.
Comparativo que a su análisis obtendríamos que la razón por la cual se trata diferente a un sujeto de los denominados inimputables de aquellos que según la propia codificación no lo son, estriba en el desarrollo psíquico o mental del sujeto y la capacidad de comprensión desde el punto de vista psicológico de sus actos y consecuencias.
Por lo que se insiste en que el juzgamiento como adultos a personas con un desarrollo mental en proceso de maduración resulta en un trato cruel, inhumano, inequitativo y desproporcionado por la propia capacidad diferente de este en cuanto hace al entendimiento de su entorno, sus parámetros morales, mentales y sus consecuencias.
No a la Ley que juzga como adultos a los menores de edad.
Respeto a los derechos humanos.
Profesionalización de nuestros cuerpos de justicia.
Mejor economía y sano desarrollo social.
Saludos.
